Información sobre las últimas ayudas públicacas.
- Subvenciones para el fomento de la contratación.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en los Programas I y III las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles, que formalicen contrataciones indefinidas o transformaciones de determinados contratos temporales en indefinidos en centros de trabajo de Castilla y León, con personas que cumplan los requisitos para poder ser destinatarios de dichas contrataciones o transformaciones contractuales. Podrán ser beneficiarios de la subvención regulada en el Programa II los trabajadores por cuenta propia establecidos en Castilla y León, que contraten su primer trabajador.
Toda la información en
http://bocyl.jcyl.es/boletines/2012/12/24/pdf/BOCYL-D-24122012-9.pdf
- La Diputación de Valladolid ha convocado ayudas para el fomento de la contratación de trabajadores por Micropymes y autónomos asentados en el mundo rural y el fomento del espíritu emprendedor mediante el autoempleo año 2013.
Toda la información disponible en el siguiente enlace
http://www.diputaciondevalladolid.es/ayudas/ayu_subvenciones.shtml?idboletin=498&idseccion=3907
- Subvenciones de la Junta de Castilla y León para el autoempleo
Subvención para el empleo autónomo
La Subvención asciende hasta un máximo 10.000 euros, dependiendo de la Comunidad Autónoma para los siguientes sectores:
Subvención financiera
Se subvencionan los intereses de los préstamos destinados a financiar las inversiones para la creación y puesta en marcha de la empresa.
Esta subvención será equivalente a la reducción de hasta 4 puntos del interés fijado por la entidad de crédito pública o privada que conceda el préstamo, siendo el límite de la subvención, hasta un máximo de 10.000 euros, y se determinará por el Servicio Público de Empleo competente, salvo en el caso de microcréditos que podrá llegar a cubrir el coste total de los gastos financieros..El préstamo deberá destinarse, al menos en un 75%, a financiar inversiones en inmovilizado fijo, pudiéndose destinar hasta un 25% a financiar el activo circulante. La inversión mínima en inversión de inmovilizado fijo no puede ser inferior a 5.000 euros.
Subvención para asistencia técnica
Subvenciona la contratación de los servicios externos necesarios durante la puesta en marcha de la empresa, como la realización de estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros de naturaleza análoga.
La cuantía de esta subvención será del 75% del coste de los servicios prestados, con un tope de 2.000 euros.
Subvención para formación
Subvenciona cursos relacionados con la dirección y gestión empresarial y nuevas tecnologías de la información y la comunicación, durante la puesta en marcha de la empresa.
La cuantía de esta subvención será del 75% del coste de los cursos recibidos, con un tope de 3.000 euros.
Los servicios de asistencia técnica y los de formación deberán ser prestados:
Novedades de la Ley 31/2015, fomento y promoción del trabajo autónomo