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20 - septiembre - 2013

Tarifa Plana de cotización para Emprendedores

1. Requisitos de la tarifa plana para autónomos

El Real Decreto Ley 4/2013 de 22 de febrero de medidas de apoyo al emprendedor y estímulo del crecimiento y la creación de empleo introdujo la tarifa plana para menores de treinta años.

El primer requisito es tener menos de 30 años en el momento del alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social.

Con la aprobación de la Ley de Emprendedores este requisito desaparecerá al extenderse la tarifa plana a todos los nuevos autónomos independientemente de su edad.

Los demás requisitos a cumplir para beneficiarse de la tarifa plana son:

  • No haber estado de alta como autónomo en los cinco años anteriores.
  • No emplear trabajadores por cuenta ajena

Además, ha quedado a criterio de la Tesorería General de la Seguridad Social la concesión final, lo que en la práctica ha dado lugar a dos requisitos adicionales:

  • No ser administrador de una sociedad mercantil.
  • No ser autónomo colaborador (régimen especial para familiares de los autónomos).

 Todo ello ha causado bastante controversia y denuncias en medios ya que estos criterios no estaban en la orden, sino en una circular interna de la Seguridad Social, lo cual ha provocado que muchos jóvenes autónomos que contaban con esa ayuda no hayan podido recibirla.

También hay que precisar que en el caso de las cooperativas de trabajo asociado sí que se puede optar a la tarifa plana.

 

2. Cuantía de la tarifa plana para autónomos

La cuantía de la tarifa plana varía a lo largo de los primeros quince meses de actividad, estableciéndose tres tramos de reducción sobre la base mínima de cotización y el tipo mínimo de cotización, incluyendo la capacidad temporal:

  • Primeros 6 meses: 80% de reducción de la cuota, con lo que con las bases y tipos de 2013 se queda en 52,03 euros.
  • Meses 7 al 12: 50% de reducción durante el segundo semestre, que se quedaría en 2013 en 128,79 euros.
  • Meses 13 al 15: 30% de reducción durante el siguiente trimestre, que se quedaría con las bases y tipos de cotización de 2013 en 179,66 euros.

Los jóvenes menores de 30 años y las mujeres menores de 35 se benefician de la siguiente bonificación adicional: Meses 16 al 30: 30% de bonificación adicional durante los 15 meses siguientes, con lo que la cuota se mantendría en 179,96 euros.

Existen otras bonificaciones aplicables a personas discapacitadas y otros colectivos.

 

3.  Situación de la tramitación de la tarifa plana para mayores de 30 años

El Senado aprobó el pasado 11 de septiembre de 2013 el nuevo Proyecto de Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización tras incorporar al mismo dos enmiendas. En su artículo 28 incluye recoge la extensión de la tarifa plana a los mayores de 30 años.

Si vas a darte de alta como autónomo próximamente y cumples los requisitos para acceder a la tarifa plana, te recomendamos que esperes a la fecha de publicación en el BOE ya que de lo contrario no podrás acceder a la misma.

 

 

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