Han sido aprobadado definitivamente el texto de la normativa que regulará el trabajo autónomo, apuntamos las novedades más destacadas:
- Los profesionales autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización, en función de sus intereses e ingresos
- Se amplía la, tarifa plana de 50 euros a un año, 50% los seis meses siguientes y 30% los últimos seis meses se mantiene.- Los emprendedores podrán optar de nuevo a la tarifa plana dos años después de haber finalizado la actividad empresarial, que hasta ahora eran 5 años
- Tarifa plana de 50 euros de cuota para las mujeres que se reincorporen al trabajo después de la baja por maternidad.
- Exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.
- Se ha corregido la cuota de los autónomos societarios vinculándola a la subida del salario mínimo interprofesional, de manera que se determine en los presupuestos generales del Estado (PGE) cada ejercicio.
- Se permite la compatibilización al 100% del trabajo por cuenta propia con la pensión del autónomo, de forma que los autónomos jubilados podrán seguir con su actividad.
- Se han reducido los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social a la mitad, pasando del 20% al 10%.
- Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla.
- Los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a una formación adaptada a sus necesidades, con el fin de mejorar su competitividad y consoliden su actividad empresarial.
- Mejora de las condiciones de los emprendedores con discapacidad, se han establecido mayores plazos en las bonificaciones a discapacitados que decidan ejercer una actividad por cuenta propia
- Se facilita y se permite la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.
- Se reconoce el accidente in-itenere (de ida o de vuelta al puesto de trabajo) en los profesionales autónomos.
- Las organizaciones de autónomos más importantes y representativas pasan a considerarse de “utilidad pública”.
- Las organizaciones también contarán con un año de plazo para entrar en el CES y para la constitución del Consejo del Trabajo Autónomo.-
- Los autónomos podrán deducirse un 30% de los gastos de suministros, como el agua, la luz, la electricidad y la telefonía, siempre que se trabaje desde casa.
- Se han establecido deducciones por la manutención, cuando afecta directamente a la actividad, con un límite de 26 euros diarios, siempre que puedan comprobarse a través de medios telemáticos.
Novedades de la Ley 31/2015, fomento y promoción del trabajo autónomo